El país intenta recuperar la calma ante la crisis social desatada en octubre. La Universidad de Panamá llamó a sus estudiantes a regresar a clases de manera presencial a partir del martes 21 de noviembre, un día después del llamado a paro de organizaciones que se oponen y exigen la derogación de la Ley 406, que dio vida al contrato entre el Estado y Minera Panamá.
La ministra de Educación, Maruja Gorday de Villalobos, reiteró la importancia de regresar a las escuelas para enviar un mensaje de búsqueda de entendimiento. En este sentido, ha informado que algunos profesores y alumnos se han incorporado a clases, y se están realizando reuniones con directivas de padres de familia en todo el país.
Sobre la supuesta sugerencia de permitir que estudiantes de diferentes niveles educativos pasen el año con un promedio de 2.5, Gorday de Villalobos aclaró que “en ningún momento hemos recibido esa propuesta de los padres”.
El ministro reconoció que hay zonas donde la oferta es difícil, donde los docentes están visiblemente en huelga y definitivamente este período debe ampliarse, pero siempre haciendo ajustes para no hacerlo más allá de enero.
Gorday de Villalobos agregó que se deben cumplir los términos de los contenidos, pese a saber que se han perdido más de 13 días hábiles de los 25 días que duró el paro docente, descontando días libres, fines de semana y feriados.
Por otra parte, la ministra sostuvo que, a través del Viceministerio Académico, coordina con la Universidad de Panamá, con la Universidad Tecnológica de Panamá, y con otras del sector oficial, para programar algunas fechas de exámenes que estaban pendientes.
Por su parte, las clases se reanudarán de manera presencial en los campus Central y Harmodio Arias Madrid, las facultades de Educación, Administración Pública, Administración de Empresas.
En tanto, el Procurador General de la Administración, Rigoberto González, recibió el miércoles 15 de noviembre, del Ministro de la Presidencia, José Simpsons, una solicitud para emitir su opinión sobre la viabilidad de la derogación, mediante ley, del contrato-ley 406 entre el Estado panameño y la empresa Minera Panamá, SA
El procurador de la Administración no tiene plazo para responder, pero una fuente de esa institución reveló que González ya prepara su declaración y la hará pública el próximo martes 21 de noviembre.
La noche de este 16 de noviembre, el presidente Laurentino Cortizo advirtió en un mensaje a la Nación que consultó a la Procuraduría General de la Administración para ver la viabilidad jurídica de derogar la Ley N° 406.
Cortizo llamó al país a respetar el Estado de derecho y proteger las instituciones, que consiste en que cada órgano del Estado cumpla las funciones que constitucionalmente le corresponden.
Cortizo llamó al país a respetar el Estado de derecho y proteger las instituciones, que consiste en que cada órgano del Estado cumpla las funciones que constitucionalmente le corresponden.
El mandatario pidió esperar los tiempos que determinen los fallos de la Corte Suprema de Justicia y reiteró que acatará el fallo que emitan los magistrados sobre la ley de contratos mineros.
Exmagistrado Hoyos aboga por la constitucionalidad del contrato de ley minera
opinión
El exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Arturo Hoyos, presentó un pedido ante la Corte para que se declare ‘la inconstitucionalidad’ del artículo 1 de la Ley 406, que dio origen al contrato entre el Estado y Minera Panamá.
La respuesta de Hoyos la hace a título personal y en nombre propio frente al reclamo de inconstitucionalidad presentado por Juan Ramón Sevillano.
En su argumento, Hoyos destaca la importancia de considerar que, si el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) hubiera convocado a licitación de bienes de propiedad privada, esto hubiera constituido una expropiación. Según el abogado, esto iría en contra del derecho constitucional y de los tratados de protección de inversiones ratificados por Panamá.
El constitucionalista sostiene que la ley de 1997 no fue inconstitucional hasta el 23 de diciembre de 2021. Además, sostiene que el Estado no tenía la facultad de convocar a licitación para otorgar una concesión sobre activos de propiedad privada de Minera Panamá, ya que esto implicaría una expropiación con la obligación inmediata de compensar a la empresa por la inversión, que supera los $10.000 millones, más una indemnización adicional relacionada con daños emergentes y lucro cesante.
Hoyos destaca la diferencia clave entre la situación de las concesiones en 1997 y la actual. Señala que en 1997 no existían las mejoras, que ahora son de propiedad privada según el contrato de concesión. Sostiene que someterlos a una licitación habría sido equivalente a una expropiación, según la ley internacional de protección de inversiones.
El ex magistrado y constitucionalista destaca que el MICI, al convocar a licitación, habría ignorado la realidad de las mejoras construidas y la propiedad privada de la concesionaria, lo que habría constituido una expropiación indirecta amparada en la Ley 39 de 1997, que aprobó la acuerdo. de promoción y protección de inversiones celebrado entre Panamá y Canadá y que se encuentra vigente desde el 13 de febrero de 1998.
Respecto al bienestar social y al interés público, Hoyos señala que estos conceptos son difíciles de definir, pero sostiene que la norma atacada no contribuye al bienestar social ni al interés público.
Finalmente, el constitucionalista sostiene que abrir un nuevo proceso de licitación estaría en conflicto con el marco regulatorio aplicable, ya que implicaría otorgar una doble concesión, violando los procedimientos y requisitos constitucionales y la Ley 39 de 1997, que ratifica un tratado de promoción e inversión. protección entre Panamá y Canadá.