viernes, mayo 17

Apede pide al Ejecutivo retirar el proyecto de ley No. 1031 y a los diputados suspender su discusión

La preocupación de la Apede radica en que la Ley No. 6 de 2002 fue pionera en América y mejoró la calidad de la democracia y la gobernanza en el país

La Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresa (Apede) pidió al Órgano Ejecutivo retirar de la Asamblea Nacional el proyecto de ley No. 1031 de “Transparencia y Acceso a la Información Pública”, para promover una amplia discusión de la iniciativa, que está regulada en la Constitución, y a los diputados de la Comisión de Gobierno y Asuntos Constitucionales suspender la discusión, según destaca en su comunicado de este viernes 8 de septiembre.

El punto de vista de la Apede se suma a las consideraciones que recientemente reveló el titular de la Procuraduría de la Administración, Rigoberto González, de que no hay premura en reemplazar la actual ley de transparencia.

En la nota, la Apede destaca el derecho al acceso a la información pública es una herramienta esencial para que en repúblicas democráticas como la de Panamá, los ciudadanos puedan ejercer el debido control al poder público.

Ante lo antes expuesto, la Apede dijo que ve “con preocupación que el Órgano Ejecutivo haya presentado ante la Asamblea Nacional el proyecto de ley No. 1031 de 2023, con el que pretende derogar la Ley No. 6 de 22 de enero de 2002 conocida como Ley de Transparencia, la que fue producto de una amplia consulta con todos los sectores de la sociedad, lo que produjo un documento que fue consensuado, aprobado y sancionado de manera inmediata, legitimando su aplicación durante sus más de 20 años de vigencia en el país”.

“Dicha Ley No. 6 de 2002 fue pionera en América Latina y durante estos años de vigencia ha sido instrumental para mejorar la calidad de la democracia y gobernanza en nuestro país, ya que, por un lado, las instituciones del Estado se vieron obligadas a ser más transparentes en su ejecutoria y por el otro, los ciudadanos han podido informarse de primera mano y supervisar el destino, y uso de los fondos públicos”, indican en su escrito.

Apuntan a que el proyecto de ley No. 1031, en vez de crear nuevas acciones e instrumentos para actualizar y mejorar la Ley No. 6 de 2002, crea un nuevo sistema concentrado para el manejo de información pública, en el que la Autoridad Nacional de la Transparencia y Acceso a la Información (Antai) se erige como un ente central que controla desde la petición de la información hasta su incumplimiento, dotándole de una amplia discrecionalidad, lo que no compagina con los criterios internacionales para la prevención y lucha contra la corrupción.

En términos más concretos la Apede consideró que el proyecto presentado por el Órgano Ejecutivo y que actualmente se encuentra en la Asamblea contiene serios retrocesos en materia de transparencia ya que:

  1. Diluye la responsabilidad directa del funcionario que mantiene la información a través de un sistema burocrático de Oficiales de Información que se deben crear en todas las instituciones públicas.
  2. Si bien, mantiene el habeas data ante los tribunales, modifica el régimen sancionatorio, atribuyéndoselo sólo a la Antai, creando un proceso administrativo paralelo de incumplimiento, en el que las sanciones consisten en multas inferiores a las existentes.
  3. Se contempla la apertura del proceso de incumplimiento por la vía de Antai, lo que no se adecúa al artículo No. 44 de la Constitución, donde claramente se establece que el habeas data es competencia de los tribunales. Darle otro nombre al mismo proceso, no lo hace menos inconstitucional.
  4. Con relación al sistema de excepciones a la transparencia, el anteproyecto restringe una serie de información pública y no queda claro si crea dos tipos adicionales de excepciones, la de información reservada y la confidencial. En la actual Ley No. 6 existen dos tipos, las de acceso restringido, que prescriben a los 10 o 20 años y las de información confidencial por tratarse de datos personales.
  5. Le otorga a la Antai la potestad de ser la institución garante de la transparencia y del acceso a la información pública en toda la República de Panamá, lo que resulta inapropiado, ya que hoy día es un organismo unipersonal cuyo director es nombrado cada cinco años por el presidente de la República. Esto le abre la puerta a la arbitrariedad y al control. El modelo 2.0 de la OEA que citan como base, contempla características totalmente diferentes ya que debe ser un órgano colegiado de por lo menos cinco miembros, designados de manera escalonada.